lunes, 3 de noviembre de 2008

Constitucionalismo Moderno

A la historia de la formación del constitucionalismo moderno, como explica el texto “CONSTITUCIONALISMO MODERNO, Introducción a una Historia que Necesita ser Escrita” de Horst Dippel, se la ha restado valor, pues ha sido muy poco investigada o abordada a pesar de la gran importancia que esta engloba, pues los elementos y principios que hoy forman el constitucionalismo moderno han tenido que pasar por varias etapas hasta llegar a lo que son hoy. Muchos de ellos no han cambiado desde su concepción, otros se han transformado y mutado. Varias constituciones han tomado aportes de tribus muy antiguas como la constitución de Estados Unidos realizada el 17 de septiembre de 1787 por la Convención Constitucional de Filadelfia, Pensilvania que tomó aportes de la Liga de las seis naciones Iroquesas. Se considera por muchos como la mejor constitución jamás evocada por ser la mas más antigua que se encuentra en vigencia.

Este ensayo tiene como objetivo el hacer una breve revisión histórica de la formación de los principios fundamentales del constitucionalismo moderno tomando como base el texto de Horst Dippel CONSTITUCIONALISMO MODERNO, Introducción a una Historia que Necesita ser Escrita”.

El constitucionalismo moderno fue construido a partir de 10 principios básicos; en un primer momento tuvieron origen en la interrogante de ¿cómo la libertad individual podría asegurarse durablemente contra las intervenciones del régimen?.

A partir de esta pregunta surgen los principios básicos del constitucionalismo: los derechos humanos, la separación de los poderes, el gobierno representativo, la limitación del poder gubernamental, la responsabilidad política y la independencia judicial.

La decisión de limitar el poder fue muy importante para el desarrollo de otros principios relacionados con este. Su primer momento ocurrió cuando la Revolución de Inglaterra en 1688-89 había establecido el principio de la monarquía limitada como una doctrina constitucional oficial.

Mas adelante la Revolución Americana, con el afán de asegurar la libertad personal, evolucionó esta doctrina en el principio constitucional del gobierno limitado.

La concepciòn de gobierno limitado promovió el término de soberanía popular que (gracias a Rosseau) pasó a ser uno de los principios fundamentales del constitucionalismo moderno. Rosseau entendía a la soberanía como la condición de que sólo la voluntad general y total del pueblo puede constituirse en ley. Esto quiere decir que “no fue el orden divino de los tiempos antiguos el que otorgaba legitimidad a la constitución, sino únicamente el pueblo”.

La concepción de soberanía dio paso a la constitución en principios universales, esto es la declaración de los derechos, como pertenecientes al pueblo y a sus descendientes, y no a la asamblea o a la convención misma.

Otro Ilustrado que aportó a el desarrollo de el constitucionalismo moderno fue Montesquieu quién planteó la separación de poderes en el estado. Montesquieu definió al poder como función y como órgano. Que debe asumir la división de los Poderes del Estado en el poder legislativo, el ejecutivo y el judicial.

En 1776 La Declaración de Derechos de Virginia estableció otros cinco principios con los que hoy funciona el constitucionalismo moderno: gobierno representativo para ampliar su legitimidad y para prevenir el gobierno aristocrático y la corrupción. Declaró así la responsabilidad y la obligación del gobierno de rendir cuentas por sus actos, el derecho “a reformar, alterar, o abolir” el gobierno según la conveniencia del pueblo, , el “juicio por un jurado imparcial”.

Así la Declaración de Derechos de Virginia reunión fundamentos como la soberanía del pueblo, principios universales, derechos humanos, gobierno representativo, la constitución como ley suprema, separación de poderes, gobierno limitado, responsabilidad y obligación de rendir cuentas del gobierno, independencia judicial e imparcialidad, y el derecho de la gente a reformar su propio gobierno, o poder constituyente del pueblo.

Diez elementos esenciales que hoy construyen el constitucionalismo moderno. Por más de 200 años ninguna constitución anterior a la Declaración de Derechos de Virginia que reclame su adhesión a los principios del constitucionalismo moderno se ha atrevido abiertamente a desafiar ninguno de estos principios.

Estos 10 principios fueron retomados en Francia 1789.

domingo, 2 de noviembre de 2008

Separación de Poderes y Soberanía


La Ilustración, el Siglo de las Luces alumbró a grandes pensadores, cuyas ideas serían tomadas en cuenta más adelante para formar la organización social moderna. Los franceses Montesquieu y Rosseau dieron grandes contribuciones a lo que hoy conocemos como constitucionalismo moderno.


Este ensayo pretende analizar las contribuciones de estos dos intelectuales al constitucionalismo moderno.


Montesquieu nació el 18 de enero de 1689 en el Castillo de la Bredé, a pocos kilómetros de Burdeos, Francia. Su familia pertenecía a la llamada nobleza de toga.

En 1714, tras la muerte del padre Pasará a vivir bajo la protección de su tío, el barón de Montesquieu, quien a su muerte le dejará como legado tanto su fortuna, como su título de barón y el cargo de Presidente del Parlamento (1716-1727). Trabaja como magistrado hasta que su función le aburre, por lo que aprovechando su excelente situación económica termina vendiendo el cargo y dedicándose a viajar por Europa observando costumbres e instituciones de los diferentes países. Muere el 10 de febrero de 1755 en París.


Por otra parte Rosseau nació en Ginebra el 28 de junio de 1712. Era hijo de un relojero su madre muere nueve días después del nacimiento de Jean-Jacques. Su padre lo abandona a sus 10 años, teniendo una infancia, una educación muy difíciles.
Pasados dos años su tío le consigue trabajo como aprendiz de relojero, y en 1725 con un maestro grabador. A los dieciséis años huyó de su localidad natal tras pasar tantas dificultades.

En 1745 se casa con Thérèse Levasseur y entra en contacto con otros ilustrados como D'Alembert, Voltaire, Rameau, Diderot. Luego de algunos años se traslada a Ermenonville, donde fallece después de un paro cardíaco, cuando estaba en su casa.


A pesar de que Montesquieu vivió una vida llena de lujos y posibilidades, a diferencia Rosseau que fue pobre hasta el momento de su muerte, los dos Franceses entregaron aportes tan importantes como por la articulación de la teoría de la separación de poderes y la publicación de El contrato social en que consta el tema de la soberanía (tema fundamental de la filosofía occidental de la modernidad)respectivamente.


Separación de poderes


Montesquieu, en el siglo XVIII, realizó la formulación teórica de lo que los ingleses habían aplicado en la práctica el siglo anterior.
Para prevenir que una rama del poder se convirtiera en suprema, y para inducirlas a cooperar, los sistemas de gobierno que emplean la separación de poderes los anglosajones utilizaron un sistema de "checks and balances" (pesos y contrapesos). Checks and balances se refiere a varias reglas de procedimiento que permiten a una de las ramas limitar a otra.


La obra “Del Espíritu de la Leyes ” escrita por Charles Louis de Secondat Montesquieu define el poder a la vez como función y como órgano. En la obra se describe la división de los Poderes del Estado en el poder legislativo, el ejecutivo y el judicial y se promueve que su titularidad se encargue respectivamente al Parlamento o Congreso, al Gobierno y los Tribunales de Justicia.


Soberanía


Rosseau en tendía a la soberanía como la condición de que sólo la voluntad general y total del pueblo puede constituirse en ley.


La voluntad del pueblo es indivisible y no puede ser representada. Por lo tanto la soberanía radica en el todo (el pueblo en su totalidad), no puede dividirse en partes (como los poderes).
Estado esta ligado al poder soberano pues se manteine en este.

En este sentido el estado moderno debería ser netamente democrático, ya que el poder soberano solo es tal, cuando es la expresión de la voluntad general de todos los ciudadanos de un Estado.


Para Rosseau, el gobierno es el órgano encargado de ejecutar la voluntad general del pueblo.


Rousseau concebías que la soberanía del pueblo incluyera solamente a los varones. Pues consideraba que las mujeres debían ser educadas para serle útil al hombre, negaba la igualdad entre estos.

El desarrollo de ideas como la división de poderes o el concepto de soberanía son de suma importancia en la historia, son pate de los fundamentos del constitucionalismo sin los cuales el constitucionalismo moderno no existiría.



Como observación muy aparte:


Hoy se topa mucho el tema de la división de poderes y se debate al respecto, mas en nuestro país el tema de la soberanía ha sido mucho más nombrado.

Recuerdo que en la escuela nos enseñaban que la soberanía era la bandera, el escudo y el himno nacional, datos que no cuestione. Pero ahora cuestiono algo ¿cómo puede un país ser soberano si su población no sabe que significa este término?. Es importante que las escuelas y colegios enseñen con conciencia social para no reproducir concepciones equivocadas pues de esa forma impiden el desarrollo de la nación.

Jean Jacques Rosseau- La soberanía


Jean Jacques Rosseau fue un escritor, filósofo, músico, Ginebrino ; usualmente es definido como un ilustrado, pero parte de sus teorías prefiguran el posterior Romanticismo.
Las ideas políticas de Rousseau influyeron en gran medida en la Revolución Francesa, el desarrollo de las teorías Republicanas, y el crecimiento del nacionalismo. Su herencia de pensador radical y revolucionario está probablemente mejor expresada en su más célebre frase, contenida en El contrato social: «El hombre nace libre, pero en todos lados está encadenado».
Nació en Ginebra el 28 de junio de 1712. Era hijo de Isaac Rousseau (Ginebra, 1672 - Nyon, 1747), relojero como su padre y su abuelo y de Suzanne Bernard (Ginebra, 1673 - Ginebra, 1712), que muere el 7 de julio de 1712, a sólo nueve días del nacimiento de Jean-Jacques.
Su padre lo abandona a sus 10 años, teniendo una infancia, una educación y un debut muy difíciles. Pasa dos años en casa del pastor Lambercier, en Bossey (al pie del Salève, al sur de Ginebra) (1722 - 1724). Su tío le consigue trabajo como aprendiz de relojero, y en 1725 con un maestro grabador.
A los dieciséis años huyó de su localidad natal tras pasar tantas dificultades. Más tarde se estableció en Annecy, tutelado por Madame de Warens, quien le proporcionó una educación esmerada y ayudó en su afición por la música. Tras una enfermedad grave, debió residir en Montpellier por un periodo de seis semanas para reponerse. A su regreso, fue preceptor en Lyon y contactó con Fontenelle, Diderot, Rameau y Marivaux. Pasó más tarde a ser en la que ejercerá diferentes oficios relacionados con las letras y la música. Recorrerá muchos kilómetros a pie por la zona de los Alpes a través de los cuales forjará su carácter de «paseante solitario».
Su vida se estabiliza un poco en 1745 cuando llega por segunda vez a París. Se casa con Thérèse Levasseur y entra en contacto con otros ilustrados como D'Alembert, Voltaire, Rameau, Diderot... Es a partir de este periodo cuando se inicia la producción escrita de Rousseau que lo ha hecho ocupar un importante lugar en la tradición ilustrada europea. Cuando finalizó su estancia en París, y ya tras haber estado en un buen contacto con otros ilustrados se traslada a Ermenonville, donde fallece después de un paro cardíaco, cuando estaba en su casa.


La soberanía

En 1762, la publicación de El contrato social fue causa de su expulsión de Francia, refugiándose en Neuchatel. Uno de los temas fundamentales de la obra es la soberanía (tema fundamental de la filosofía occidental de la modernidad). Para el autor soberanía es sinónimo de voluntad general, en tanto que sólo la voluntad general del pueblo puede constituirse en ley. Esta es indivisible y no puede ser representada. Por lo tanto la soberanía radica en el todo (el pueblo en su totalidad), no puede dividirse en partes (como los poderes) y menos todavía ser representada por un parlamento electo (porque de esta manera el hombre sería libre solo cuando elige a sus representantes legisladores, pero después volvería a ser esclavo). Soberanía y Estado son términos inseparables, en tanto que el Estado se mantiene en el poder soberano. De esta manera para Rousseau el principio fundante del Estado Moderno debería ser netamente democrático, ya que el poder soberano solo es tal, cuando es la expresión de la voluntad general de todos los ciudadanos de un Estado. La voluntad general del pueblo es el denominador común de todas las voluntades particulares. Esto suena algo utópico, pero el autor contesta diciendo que si entre un grupo de hombres no hubiera ningun interés común a todos, que los pueda unir, seria imposible pensar en la sociedad civil y menos en un contrato social fundante de un Estado.
Sólo en un Estado fundado en un principio democrático, donde el poder soberano es la voluntad general de todos, el hombre puede ser realmente libre, existir auténticamente. Porque el hombre de esta manera sólo se somete a la ley que él mismo se dicta. Ni en el Estado de Naturaleza (donde está atado a sus pasiones, o bien, a las de otro) ni en otro tipo de Estado puede llegar a serlo realmente.
Pero no hay que confundir este principio fundante del Estado (a saber que solo la votación de todos puede crear ley) con el régimen o forma de gobierno. Una cosa es la forma de Estado y otra su régimen político.
El gobierno es el órgano encargado de ejecutar la voluntad general del pueblo. La ley, como expresión de la voluntad general, debe también apuntar siempre al todo y nunca a un particular. Por eso es necesario un gobierno que aplique la ley a las partes, pero éste no puede nunca dictarla, solo el pueblo entero puede hacerlo. Para Rousseau no hay un régimen político ideal o por excelencia, el tipo de régimen dependerá de la situación geográfica donde se asiente la sociedad civil y su consecuente Estado. En territorios pequeños es conveniente una democracia como forma de gobierno, en territorios medianos una Aristocracia y en un territorio grande una monarquía.
Rousseau propugnaba la soberanía del pueblo que identificaba solamente con los varones. Su concepción sobre las mujeres puede conocerse a partir de su tratado de educación femenina "El Emilio" donde cuestiona la igualdad que propugnaba ya que solamente incluía a los varones.


Rosseau tenía concepciones machistas que reducían a la mujer a ser sirvientas de los hombres. El siguiente es un fragmento de el Tratado “El Emilio”.

La educación de las mujeres siempre debe ser relativa a los hombres. Agradarnos,
sernos de utilidad, hacernos amarlas y estimarlas, educarnos cuando somos
jóvenes y cuidarnos de adultos, aconsejarnos, consolarnos, hacer nuestras vidas
fáciles y agradables; estas son las obligaciones de las mujeres durante todo el
tiempo y lo que debe enseñárseles en su infancia.

Literatura


Dado su alejamiento de los enciclopedistas de la época y su enfrentamiento con la iglesia católica, por sus polémicas doctrinas, su estilo literario cambió. Sus obras autobiográficas y de su yo, dieron un vuelco fundamental en la literatura europea; a tal punto que es considerado uno de los precursores del Romanticismo.
Entre sus obras más importantes se encuentran Emilio, El Contrato Social, Julia, o la nueva Eloísa y el Discurso sobre el origen de la desigualdad entre los hombres.

Perros de Paja

Los niños bailaban alrededor de la chamiza encendida. Saltaban, movían la cabeza, los brazos, hasta que los aplausos del viejo de barda cenicienta paraban, entonces ellos se congelaban, menos sus ojos, sus ojos se movían buscando otros niños que sin poder mantenerse congelados perdían el equilibrio y caían al suelo.

Las risas bajitas escapaban, ji ji ji... je je je, pero se callaban cuando el viejo se acercaba pretendiendo inspeccionar que todos estén congelados. El viejo se daba cuenta de que las reglas de juego no se cumplían al pie de la letra, pero simulaba no saberlo y sonreía para sí. Después de la inspección el anciano barbón volvía a aplaudir clac, clac, calc, clac, clac, clac… y los niños a bailar, movían las piernas, la cintura, los hombros y saltaban alrededor de la chamiza encendida.

Los tres perros de la casa veían el feliz festejo. Uno de los ellos decidió unirse al juego, entro en el círculo persiguiendo a los niños y ladrando. El viejo aplaudía más rápido, los niños bailaban con más fuerza. Los más grandes saltaban a través de la chamiza encendida, los otros solo veían y bailaban, los grandes saltaban más alto, mas alto, ahora con las manos en la cintura, ahora para atrás, ahora abriendo las piernas los otros se reían a carcajadas y bailaban. Hasta que un aullido rompió las risas, el perro que se había unido al festejo cayó envuelto en llamas, aullaba muy fuerte, los niños comenzaban a llorara tapándose los ojos, sus madres no estaban ahí para consolarlos.

Luego de pocos segundos, los aullidos del perro que se había tornado en chillidos cesaron. El viejo, absorto se repuso y rápidamente comenzó de nuevo a aplaudir y el solo a bailar al rededor de la chamiza y entre los niños que aún lloraban. Poco a poco los niños se callaron y se unieron uno a uno al baile, ahora todos aplaudían, las lágrimas se secaban en las caras, otra vez se reían, movían sus cabezas, sus brazos, sus piernas, sus hombros, seguían al viejo barbón alrededor de la chamiza.

Los niños se olvidaron del perro, el viejo también, y también los otros perros que vieron todo. Se olvidaron porque no quedaron huesos, ni su cuerpo quemado. Sus restos que eran solo palitos cenicientos como la barba del viejo se unieron a la chamiza. Era un perro de paja.